Bonificación por maternidad / paternidad

Las Colegiadas ejercientes que se acojan a la totalidad de la baja por maternidad, tendrán  una bonificación de la cuota del 50 % sobre la cuota colegial anual, una vez detraída de la misma la aportación al Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas. Una medida que también podrán disfrutar aquellos ópticos-optometristas que se acojan a la baja por paternidad, bonificándose la cuota en la proporción de los días disfrutados.

La solicitud deberán dirigirla a la Junta de Gobierno del Colegio de Ópticos – Optometristas de la Comunitat Valenciana, adjuntando para la misma la resolución recibída por el Instituto Nacional de la Seguridad Social donde aparece reflejada la fecha de baja y alta, junto con el nombre del Colegiado Ejerciente que le sustituyó.


Impreso Bonificación Maternidad/Paternidad

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