El paciente, que haya soportado un gasto en la adquisición de unas gafas, audífonos o prótesis oculares, y tenga reconocido el derecho a la prestación ortoprotésica por la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública en el ámbito de la Comunitat Valenciana, puede solicitar el reembolso de dicho gasto, siempre y cuando este especificado en el Catálogo General de Material Ortoprotésico vigente.
AYUDAS CONTEMPLADAS
Gafas para pacientes de hasta 6 años, cuya refracción prescrita debería superar una dioptría de equivalente esférico en al menos un ojo.
La prescripción deberá ser realizada por un facultativo oftalmólogo del sistema público.
Se podrán autorizar dos renovaciones al año en las miopías e hipermetropías (o sus equivalentes esféricos) superiores a 6 y a 8 respectivamente.
Ayudas audición, Audífonos para pacientes hipoacúsicos, de cero a veintiséis años de edad, afectados de hipoacusia bilateral neurosensorial, transmisiva o mixta, permanente, no susceptible de otros tratamientos, con una pérdida de audición superior a 40 dB en el mejor de los oídos (valor obtenido promediando las frecuencias de 500, 1.000 y 2.000 Hz).
Prótesis oculares, Prótesis ocular externa para cavidad anoftálmica (enucleación o evisceración), a medida. Prótesis ocular externa para cavidad no anoftálmica tipo cascarilla, a medida.
INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Para más información sobre la tramitación de dichas ayudas, consultarlas en el siguiente enlace:
https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=1461#p_8