El plazo para que los colegiados presentéis las candidaturas comienza el 12 de marzo de 2.024 y finaliza el 12 de abril de 2.024.
Según el artículo 53 de los estatutos del COOCV, son requisitos exigibles a toda persona que quiera formar parte de la Junta de Gobierno:
- Estar colegiada con una antigüedad de colegiación ejerciente de al menos cinco años como ejerciente residente en la Comunitat Valenciana; la antigüedad para la candidatura a Presidencia será de al menos diez años como persona colegiada ejerciente.
- No haber incurrido en sanciones disciplinarias firmes por faltas graves, ni en inhabilitación por sentencia firme para el ejercicio de la profesión o cargo público o encontrarse sometido a cualquier otra prohibición o incapacidad legal o estatutaria o que se hubiesen adoptado sobre el mismo medidas de apoyo judiciales al discapaz que le impidiesen el ejercicio del cargo.
- Asimismo, deberá estar al corriente en sus obligaciones de carácter económico con el Colegio.
- Al cargo de vocal cuarto podrán presentarse personas colegiadas no ejercientes con al menos tres años de antigüedad, siendo exigibles el resto de los requisitos.
Las candidaturas deberán estar firmadas por, al menos, diez personas colegiadas adicionales a la que se presenta, que suscribirán la candidatura, debiendo estar quienes firmen al corriente de sus obligaciones colegiales. El Colegio facilitará un modelo de presentación de candidaturas.
Las candidaturas podrán ser individuales a cada cargo, o en lista cerrada en una candidatura conjunta. En caso de ser una lista cerrada, la candidatura deberá especificar el miembro que ejerce de interlocutor con la mesa electoral y con el responsable de la oficina (art. 14 del Reglamento Régimen Interior COOCV).
Las candidaturas se podrán presentar personándose en las oficinas del COOCV sitas en la Calle Guillem de Castro nº 109 de Valencia, o bien enviándolas por correo postal.
Solo en el caso de que las diez firmas se hayan obtenido con certificado o firma digital, se podrán remitir por correo electrónico a dirección@coocv.es
La Comisión Permanente deberá aprobar o no, las candidaturas presentadas en el plazo máximo de diez días tras la finalización del plazo otorgado para la presentación de candidaturas (art. 57 estatutos COOCV).
Las candidaturas que no reúnan los requisitos podrán subsanar en los dos días hábiles siguientes, resolviendo la Comisión Permanente al respecto, antes del día 22 de abril de 2.024, y proclamando las candidaturas definitivas con las que se elaborará la información pertinente para su emisión a los Colegiados (Art. 15 del Reglamento Régimen Interior COOCV).
Una vez que hayan sido aprobadas las candidaturas definitivamente por la Comisión Permanente y desde la cuenta de correo del Colegio de Ópticos-Optometristas de la Comunitat Valenciana, se enviarán a todos los colegiados el día hábil siguiente a dicha resolución, además de exponerse en la web del Colegio de Ópticos-Optometristas de la Comunitat Valenciana (Art. 16 del Reglamento Régimen Interior COOCV).
En el supuesto de que para todos o alguno de los órganos de gobierno solo se presentará una candidatura, la misma Comisión Permanente que resuelva su aprobación proclamará electo al candidato o candidatos únicos.
En el supuesto de que para uno o más órganos de gobierno se presenten más de una candidatura, estas tendrán un plazo de dos días para presentar un texto de su campaña electoral, en el formato digital que se indique por parte de la Comisión Permanente, el cual será colgado en la página web. La Comisión Permanente fijará el tamaño y las características de dicho texto. El orden de exposición de los programas en la web se organizará por cargo y orden de entrada.
La información completa la podéis consultar en los estatutos y Reglamento del Régimen Interior del Colegio de Ópticos-Optometristas de la Comunitat Valenciana:
Para más información, descarga la CONVOCATORIA DE ELECCIONES 2024 y LAS PRESENTACIONES DE CANDIDATURAS