Preguntas frecuentes colegiaciones

❓ ¿Es obligatoria la colegiación?

Sí, para ejercer como óptico-optometrista en la Comunidad Valenciana es obligatorio estar colegiado. Así lo establece la normativa estatal (Ley 2/1974 de Colegios Profesionales, modificada por la Ley 7/1997 y por el R.D. Ley 6/2000) y la normativa autonómica valenciana (Ley 6/1997 y Ley 2/2007 de la Generalitat Valenciana).

Por tanto, para ejercer la profesión en la Comunidad Valenciana es imprescindible estar incorporado al Colegio de Ópticos-Optometristas de la Comunitat Valenciana (COOCV).

👉 Opción voluntaria: Las personas tituladas que no ejerzan pueden colegiarse como No Ejercientes.

👤 ¿Quién debe tramitar la colegiación?

La tramitación es responsabilidad del propio óptico-optometrista.
Además, es su responsabilidad comunicar por escrito cualquier cambio en su situación colegial:

  • 📍 Domicilio profesional o particular
  • 🔄 Cambio a Ejerciente / No Ejerciente
  • ❌ Baja voluntaria
  • 🛄Traslado a otro Colegio/delegación
  • 🏦 Cambio de domiciliación bancaria

Toda la información e impresos correspondientes están disponibles en este enlace.

⚡ ¿La colegiación es instantánea?

  • La primera colegiación y el traslado a otra Comunidad se resuelve por la Comisión Permanente del Colegio, tras revisar la documentación acreditativa.
  • Una vez admitid@, los cambios de situación colegial (baja, cambio de domicilio, etc.) se realizan de forma inmediata tras verificar los documentos.

🔎¿Puedo ejercer mientras tramito la colegiación?

No. El ejercicio profesional solo está permitido a partir de la fecha de admisión como colegiado.
Ejercer sin estar colegiado puede tener consecuencias legales y disciplinarias.

🔄 Estoy colegiado en otro Colegio/delegación de España, ¿qué debo hacer para tramitar mi colegiación en el COOCV?

Además de la documentación habitual para el cambio de domicilio profesional, deberás aportar un certificado del Consejo General de Colegios de Ópticos-Optometristas que confirme:

  • ✔ Estar al corriente de tus obligaciones
  • ✔ No tener sanción de prohibición de ejercicio

📮 ¿Cómo envío los impresos y la documentación?

  • Por correo electrónico a la dirección administracion@coocv.es siempre que se disponga de firma electrónica o certificado digital para firmar el impreso colegial.
  • En caso contrario, a través de la Ventanilla Única disponible en nuestra página web.

🪙 ¿Cuál es la cuota de colegiación y cómo se paga?

El Colegio informa del importe actualizado en su sección de cuotas:

Cuota de entrada: se abona únicamente la primera vez que se tramita la colegiación, mediante ingreso/transferencia a la cuenta bancaria del COOCV o con tarjeta bancaria a través de este enlace.

Cuotas trimestrales: se cargan en la cuenta indicada en la domiciliación bancaria aportada junto con la solicitud de colegiación. Puedes modificar esta domiciliación en cualquier momento presentando nuevamente el impreso SEPA correspondiente.

📄🤲 ¿Qué puedo hacer si me quedo sin empleo?

El COOCV te ofrece la posibilidad de modificar tu colegiación a la modalidad de no ejerciente y así beneficiarte de una bonificación en la cuota colegial. Esta opción está disponible para los colegiados ejercientes que se encuentren en situación de desempleo y soliciten el cambio a la condición de no ejerciente.

🧾 ¿Cómo solicito la baja del Colegio?

Completa la solicitud disponible en este enlace, adjuntando el informe actualizado de tu vida laboral.

El COOCV enviará una respuesta escrita a todas las solicitudes.

💡 Ventaja: Si vuelves a trabajar dentro de los 12 meses siguientes a tu baja, no pagarás la cuota de entrada correspondiente.

🎓 ¿Tengo que estar colegiado si soy docente?

Sí. La colegiación es obligatoria para todos los profesionales sanitarios, independientemente del área en la que se ejerza (clínica ,docencia, investigación, gestión, peritaje,  de prevención y de información y educación sanitaria).

📌 La colegiación en las profesiones sanitarias que afectan a derechos fundamentales de los ciudadanos, como es la salud, es obligatoria independientemente de su actividad profesional y de que esta sea privada o para la Administración pública.

👌🏼¿Qué ventajas ofrece estar colegiado? 

Ventajas de ser colegiado

Ser parte del Colegio te da acceso a:

🔹 Asesoría jurídica y laboral

🔹 Formación continua y actividades especializadas

🔹 Defensa de la profesión y representación institucional

🔹 Convenios con empresas de servicios

🔹 Tablón de anuncios con ofertas y demandas de empleo

🔹 Información actualizada y apoyo técnico

🔹 Seguro de responsabilidad civil y de vida